La clave de la empresa del SXXI: “La innovación competitiva” ¿Cómo le ayudan las deducciones fiscales?

ESPEJOEn las fechas críticas en la que nos encontramos es de suma importancia entender cómo funcionan las deducciones fiscales por I+D+i, ya que son la que mas cuantía nos permitirá deducirnos en Base Imponible. Que la empresa no espere inventar leche azul o enviar un cohete a Marte, muchas veces encontramos clientes que hacen I+D+i y ni ellos mismos son conscientes que lo hacen. El primer paso para la empresa es saber que hace I+D+i para así aprovechar la batería de ayudas disponible en el marco nacional.

Se ha observado un cambio de tendencia en las políticas de incentivo de I+D+i por parte del ejecutivo español. Después de la crisis de deuda ha podido apreciarse en el mapa de ayudas nacional la casi desaparición de las subvenciones. Haciendo un análisis objetivo, es lógico ese planteamiento, ya que al final una subvención computa como déficit del Estado y posteriormente incrementará la deuda.

Las políticas de incentivos de I+D han pasado de, en vez de ingresar dinero mediante una subvención, no pagarlo gracias a la deducción asociada a esos gastos y esto a su vez se ha potenciado.

Existe una cobertura legal (basada en el Real Decreto 1432), que permite a la empresa obtener garantía legal frente al Ministerio de Hacienda, gracias a un informe vinculante emitido por el Ministerio de Economía. En un primer momento existía miedo para este tipo de deducciones, ya que son hechos subjetivos difíciles de evaluar y gracias a este procedimiento la empresa salva la incertidumbre asociada a una posible inspección.
Las cuantías para deducirte por proyecto (y ese concepto es clave), son elevadas. Desde un 12% para proyectos de Innovación Tecnológica (único país en Europa que prima la IT), hasta un intervalo entre el 25-42% para I+D. Por nuestra experiencia sabemos que un proyecto se compone de actividades de I+D, IT e incluso alguna que no es I+D+i pero que es necesaria para ejecutar el propósito de la empresa.

Existen tramos “extra”. Para aquellas empresas que dedican personal en exclusiva a I+D de un 17% del coste de ese personal, incluso Bonificaciones a la Seguridad Social de un 40% del salario por contingencias comunes de gente incluida dentro de una Unidad de I+D+i. Estas dos medidas pueden ser incluso complementarias para empresas que tengan la categoría de PYME Innovadora.

Imagina tan siquiera el tener un Departamento de I+D generando valor comercial gracias a innovaciones realizadas por ellos, pero imagina que además ese mismo departamento puede beneficiarse de toda esta batería de ayudas fiscales al mismo tiempo y maximizarlo. Es el nuevo concepto de empresa del siglo XXI, “La innovación competitiva”. Hacer I+D de la forma más eficiente posible.

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