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Proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de innovación en materia de organización y procesos en el ámbito de la industria manufacturera

8/8/2019

Con fecha 7/08/2019 han sido publicadas en el BOE las bases reguladoras de la concesión ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental y de innovación en materia de organización y procesos en el ámbito de la industria manufacturera.

Podrán ser objeto de ayuda los siguientes proyectos:

  • Investigación industrial: La investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
  • Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores.
  • Proyectos de innovación en materia de procesos: La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado.

Conceptos de gasto financiable:

  • Costes de personal.
  • Costes de instrumental y material inventariable.
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia.
  • Gastos generales suplementarios.

Las actuaciones financiadas deberán ejecutarse desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.

El importe de la ayuda a conceder será como máximo del 80 por ciento sobre el presupuesto financiable.Doc1

Las ayudas reguladas mediante esta orden podrán tener la forma de préstamos o de una combinación de préstamos y subvenciones.

Plazo de amortización del préstamo: Diez años, con un plazo de carencia de tres años. Tipo de interés: pendiente de la convocatoria. Las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.

En la correspondiente convocatoria, pendiente de publicar, se determinarán los datos restantes derivados de esta orden de bases.

Para más información acerca de estas ayudas, no dude en ponerse en contacto con nosotros a través de Info@inbiotic-esmedagro.com o en el 976 09 32 26.

Fuente: Boletín Oficial del Estado